Recurso de casación Social para la unificación de doctrina

Recurso de casación Social para la unificación de doctrina

Autor: Thomson Reuters
Fecha: 2016
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Guía necesaria para interponer con éxito en la jurisdicción social un recurso de casación para la unificación de doctrina ante el Tribunal Supremo.
 
SUMARIO
 
CAPÍTULO 1
LA ACTUAL LEY 36/2011 DE LA JURISDICCIÓN SOCIAL 23
1. Novedades principales introducidas en el proceso laboral por la ley de la jurisdicción social. 23
1.1. Objetivos pretendidos en la LRJS. 24
1.2. Estructura y contenido de la ley. 26
1.3. Novedades principales 28
1.3.1. Ampliación del ámbito de conocimiento del orden juris­diccional social 28
1.3.2. Configuración del juez social como garante ordinario de los derechos fundamentales 30
1.3.3. Intervención del Ministerio Fiscal. 31
1.3.4. Acumulación de acciones, procesos y recursos. 32
1.3.5. Fondo de Garantía Salarial, Conciliación administrativa y reclamación previa.35
1.3.6. Proceso monitorio. 40
1.3.7. Otras novedades. 40
2. Los recursos en la jurisdiccion social 41
2.1. Tutela judicial y recurso. 41
2.2. Recursos en la jurisdicción social 43
3. La reforma del recurso de casación para la unificación de doctrina. 45
 
CAPÍTULO 2
EL RECURSO DE CASACIÓN PARA LA UNIFICACIÓN DE DOCTRINA 57
1. Introducción 57
2. ¿Cuándo se puede recurrir en casación para la unificación de doctri­na? 64
2.1. Finalidad. 64
2.2. Resoluciones recurribles. 80
2.3. Competencia: La sala IV del Tribunal Supremo 82
3. Tramitación del recurso: sus fases. 83
3.1. La preparación. 83
3.1.1. Preparación del recurso. 83
3.1.2. Forma y contenido del escrito de preparación del recur­so. 88
3.1.3. Resoluciones sobre la preparación del recurso 93
3.1.4. Depósito para recurrir 96
3.1.5. Consignación del importe de la condena. 101
3.1.5.1. Recurrentes obligados a consignar. 102
3.1.5.2. Forma de la consignación 103
3.1.5.3. Condena en materia de Seguridad Social 106
3.1.5.3.1. Condena al empresario o entidad colabo­radora o responsable 106
3.1.5.3.2. Condena a la entidad gestora. 107
3.1.5.3.3. Mejoras voluntarias de la Seguridad Social. 107
3.1.5.3.4. Momento de efectuar la consignación o aseguramiento..108
3.1.5.4. Defectos subsanables 108
3.1.6. Nombramiento de letrado o graduado social 109
3.1.7. Designación de letrado de oficio 113
3.1.8. Admisión de nuevos documentos. 115  
3.2. Interposición. 126
3.2.1. Interposición del recurso 126
3.2.2. Contenido del escrito de interposición de recurso. 128
3.2.3. Admisión del recurso. 137
3.3. Tramitación 143
4. ¿Y ahora qué?. 145
4.1. Votación y fallo. 145
4.2. Los efectos de la sentencia 147
4.3. Imposición de costas y el convenio transaccional. 149
4.4. La frecuentada solución procesal del convenio transaccional 160
 
CAPÍTULO 3
LAS TASAS JUDICIALES. 167
1. La exención de las tasas judiciales a las personas físicas: Modifica­ción introducida por el RDL 1/2015. 167
2. Las tasas judiciales en el orden social 169
2.1. Hecho imponible y devengo de la tasa. 170
2.2. Sujeto pasivo de la tasa. 171
2.3. Exenciones. 172
a. Objetiva. 172
b. Subjetivas. 172
2.4. Base imponible 173
2.5. Cuota tributaria 173
2.6. Autoliquidación y pago. 174
2.7. Consecuencias del impago de la tasa 175
2.8. Modo de abonar la tasa. 175
2.9. Anulación o devolución del pago 176
2.10. Bonificaciones de la cuota. 177
 
- Bibliografía 179
- LEGISLACIÓN LEY 36/2011, DE 10 OCTUBRE Ley Reguladora de la Jurisdicción Social (arts. 218 a 235). 183  
- JURISPRUDENCIA
 
CAPÍTULO 1
CUESTIONES GENERALES 203
1. Naturaleza jurídica: Carácter extraordinario del recurso 206
2. Finalidad. 206
2.1. Unificación de doctrina ante pronunciamientos distintos. 206
2.2. Falta de contenido casacional. 209
2.2.1. Doctrina general. 209
2.2.2. Alcance 212
2.2.3. Materias excluidas 222
A. Incapacidad permanente. 222
B. Despido disciplinario 224
C. Finiquito 226
2.3. No es cauce para plantear cuestiones de hecho. 227
2.4. No obliga al TS a pronunciarse de igual forma que una de las doctrinas formuladas 234
3. Requisitos 237
3.1. Contradicción 237
3.1.1. Doctrina general. 237
3.1.2. Resoluciones que no pueden ser invocadas. 250
A. Resoluciones que no tienen el carácter de sentencia.250
a. Auto TC 250
b. Auto TSJ 251
c. Auto aclaratorio. 252
B. Sentencias casadas por el TS en unificación de doc­trina 253
C. Sentencias del TS o TSJ que no provengan de Salas de lo Social ni sentencias de instancia. 253
D. Sentencias del TC. 255
E. Sentencias de Sala de lo Social de AN ni de Sala de Conflictos de Competencia del TS. 256
3.1.3. Alcance 257
A. Falta de aportación ni cita de sentencia de contraste.257
B. Identidades necesarias: Prevalencia de hechos proba­dos de la sentencia de instancia 258
C. Las sentencias comparadas contienen igual doctrina.260
D. Despido nulo. 261
3.1.4. Falta de contradicción: supuestos concretos. 264
A. En supuesto de conflicto colectivo. 264
B. Abono de retribución variable. 266
C. En supuesto de despido 272
D. En supuesto de tutela de derechos fundamentales 277
E. En supuesto de determinación de contingencia para la pensión de viudedad. 280
F. En supuesto de reclamación de cantidad por diferen­cias en horas extras 283
G. En supuesto de sucesión de contratas: subrogación de socio trabajador con sustancial participación en la sociedad cooperativa saliente 284
H. En supuesto despido y sucesión de empresas. 288
I. En supuesto de conflicto colectivo. 289
J. En supuesto de extinción de prestación IT por no acu­dir a reconocimiento médico requerido por la Mutua. 293
3.1.5. Firmeza de las sentencias 295
A. Momento en que es exigible: antes de las 15 h del día hábil siguiente al de vencimiento del plazo de inter­posición. 297
B. Momento en que es exigible: sentencias posteriores a la recurrida 299
C. Admisión de documentos durante la tramitación. 301
3.2. Infracción legal. 303
3.2.1. Necesidad de fundamentarla. 303
3.2.2. Doctrina general. 304
3.2.3. Omisión 317
4. Legitimación para recurrir. 329
4.1. Doctrina general 329
4.2. No debe estimarse 331
5. Tramitación. 333
5.1. Fase de preparación 333
5.1.1. Escrito. 333
A. Defectos formales. 333
B. Requisitos. 342
a. Identificación del núcleo básico de la contradicción. 342
b. Mención expresa de las sentencias invocadas como contradictorias 347
5.2. Fase de interposición. 351
5.2.1. Plazo. 351
5.2.2. Escrito. 353
A. Defectos formales. 353
B. Requisitos. 355
a. Relación precisa y circunstanciada de la contradicción.355
b. Fundamentación de la infracción legal 365
a’. Cabe sobre normas procesales 369
a”. No puede apreciarse de oficio 373
c. Fundamentación de la infracción legal: Sobre una nor­ma del ordenamiento jurídico: No cabe contra un Acuer­do Marco 374
d. Fundamentación de la infracción legal: Sobre un conve­nio colectivo 376
e. Incumplimiento. 379  
C. Aportación certificada de sentencia/s 381
D. Contenido: Prohibición de plantear cuestión nueva.382
a. Doctrina general 382
b. Debe estimarse: Cuestiones no debatidas en suplicación.383
c. Supuestos en que no debe estimarse. 395
a’. Cuestión debatida en suplicación. 395
b’. Cuestiones aparecidas al hilo de la sentencia de suplicación. 397
c’. Cita a normativa posterior que sustituye y de­roga anterior: 398
5.3. Comparecencia o personación ante el TS. 399
5.3.1. Plazo: Incumplimiento: Efectos: Intrascendencia a la in­terposición o formalización del recurso se lleva a cabo en el plazo preceptivo. 399
6. Recurso casación UD interpuesto por ministerio fiscal: A instancia de entidad pública con interés legítimo. 400
6.1. Normas cuestionadas de reciente vogencia o aplicación 400
6.2. Dificultad para que la cuestión acceda a unificación de doctrina según los requisitos ordinariamente exigidos. 401
6.3. Pronunciamientos distintos por los TSJ sin existir doctrina unificada 403
 
CAPÍTULO 2
CUESTIONES COMUNES AL RECURSO SUPLICACIÓN Y CASACIÓN. 405
1. Depósito para recurrir 406
1.1. Regla general y excepciones. 406
1.2. Exención de los TRADES 407
2. Consignación 409
2.1. Supuestos de despido. 409
2.1.1. Nulo: obligatoriedad 409 
2.1.2. Por causas objetivas: salarios de tramitación. 410
2.2. Supuestos de conflicto colectivo: innecesaria: sentencia dictada en proce­so de conflicto colectivo: no es susceptible de ejecución provisional. 411
2.3. Supuestos concursales: sentencia anterior a declaración de concurso: puesta a disposición de la cantidad objeto de condena. 414
3. Tasas judiciales 415
3.1. No son exigibles. 416
3.1.1. Acuerdo de Sala del TS en Pleno 416
3.1.2. Resoluciones en que no se han exigido: personas o enti­dades que gocen del beneficio de justicia gratuita: traba­jadores y beneficiarios del sistema de Seguridad Social: alcance..423
3.2. Resoluciones en que se han exigido. 430
4. Admisión de nuevos documentos. 434
4.1. Doctrina general 434
4.2. Órgano encargado de decidirla 439
4.3. Excepciones: sentencias o resoluciones judiciales o administrativas fir­mes: requisitos 442
4.4. Supuestos en que no se ha estimado. 445
5. Costas. 446
5.1. Régimen legal: regla general de imposición: excepción: conflicto colecti­vo. 446
5.2. Excepciones 450
5.2.1. Asistencia jurídica gratuita. 450
A. Entidades Gestoras y Servicios comunes de la Seguri­dad Social. 450
B. Organismos de CCAA que han asumido en su territo­rio la gestión de la asistencia sanitaria de la SS. 452
5.2.2. Desistimiento del recurrente. 453
5.3. Temeridad y mala fe: multa a litigantes. 454  
 
- ÍNDICES DE JURISPRUDENCIA
- ÍNDICE LEGAL
- ÍNDICE SISTEMÁTICO
- ÍNDICE ANALÍTICO
 
PREGUNTAS Y RESPUESTAS
1. ¿Se cumple el requisito de la contradicción en el recurso de casa­ción para unificación de doctrina cuando se produce la llamada con­tradicción a fortiori?.
2. ¿Pueden invocarse sentencias de contraste provenientes del TEDH en los recursos de casación para unificación de doctrina? 490
3. ¿Podría admitirse un recurso de casación para unificación de doctri­na interpuesto por el Ministerio Fiscal basado en autos contradicto­rios dictados por Tribunales Superiores de Justicia?. 492
4. ¿Qué proceso debe seguir la preparación del recurso de casación para unificación de doctrina interpuesto por el Ministerio Fiscal? 493
5. ¿Tiene legitimación para interponer recurso de casación para unifi­cación de doctrina quien habiendo sido condenado en la instancia hubiera optado por no recurrir en suplicación?. 494
6. ¿Puede invocarse como contradictoria en el escrito de preparación del recurso de casación para unificación de doctrina una sentencia que aún no haya devenido firme en ese momento? 495
7. ¿Cuántas sentencias pueden invocarse por cada punto de contradic­ción en el recurso de casación para la unificación de doctrina? 496
8. ¿Qué resoluciones se consideran «inidóneas» de cara a aportarse en el recurso de casación para unificación de doctrina?. 498
9. ¿Pueden aportarse como contradictorias sentencias de los TSJ en las que se remitan a los hechos declarados como probados en la sen­tencia de instancia?
10. ¿A qué se refiere la Ley con identidad fáctica? 500
11. ¿Cabe la transacción en el recurso de casación para unificación de doctrina? ¿En qué momento procesal? 501
12. ¿En qué casos se imponen las costas?. 502
13. ¿Qué valor vinculatorio tienen las sentencias unificadoras de doc­trina?.504

FORMULARIOS
Formulario I.–Escrito de preparación del recurso de casaciónpara unifi­cación de doctrina. 507
Formulario II.–Escrito de preparación de un recurso de casación para unificación de doctrina contra una sentencia de suplicación dictada en incidente concursal en materia laboral 510
Formulario III.–Escrito de personación ante la Sala de lo Social del Tri­bunal Supremo [Recurso de casación para unificación de doctrina]. 512
Formulario IV.–Petición de certificación de sentencia para ser aportada con el escrito de interposición del recurso de casación para la unifi­cación de doctrina
Formulario V.–Escrito de interposición del recurso de casación para la unificación de doctrina 514
Formulario VI.–Escrito de interposición de un recurso de casación para unificación de doctrina contra una sentencia de suplicación por ex­tinción colectiva (concurso) 516
Formulario VII.–Escrito de subsanación de defectos de la formalización del recurso de casación para la unificación de doctrina: no aporta­ción de escritura de poder. 519
Formulario VIII.–Trámite de audiencia en el supuesto de inadmisión del recurso de casación para la unificación de doctrina 520
Formulario IX.–Impugnación del recurso de casación para la unificación de doctrina. 521


Más Categorías


_ Contratos

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_ Creación, sucesión y transmisión de empresas

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_ Jubilación y Pensiones