Obtención y admisión en España de prueba penal transfronteriza

Autor: Carmen Rodríguez-Medel Nieto
Fecha: septiembre 2016
Duración: 540 + formato electrónico descargable
Precio: 73.00€ (I.V.A. Incluído)
Sin gastos de envío




Se analiza desde una perspectiva práctica cómo se investiga y se obtiene prueba penal en el extranjero (comisiones rogatorias, equipos conjuntos de investigación, exhorto europeo de obtención de prueba y orden europea de investigación) así como los problemas de admisibilidad en España de esta prueba, con análisis crítico de la jurisprudencia más reciente del Tribunal Supremo.
 
CARACTERÍSTICAS
La obra combina una visión muy práctica, fruto del alto grado de experiencia de la autora - que magistrada titular durante tres años en un juzgado especializado en comisiones rogatorias en Marbella y letrada-jefe de sección del Servicio de Relaciones Internacionales del Consejo General del Poder Judicial hasta enero 2016 – y un estudio riguroso de las novedades legislativas recién promulgadas en la UE, como la Directiva 2014/41 reguladora de la orden europea de investigación.
 
NOVEDADES
  • No hay una publicación que, como esta, abarque todos los mecanismos existentes para obtener prueba penal transfronteriza, siendo el primero que aborda la orden europea de investigación en España.
  • Es también la primera publicación sobre la nueva ley 16/2015 reguladora de Eurojust en nuestro país.
  • Permite adelantar en qué sentido se transpondrá la Directiva 2014/41 de orden europea de investigación en España, al haber sido llamada la autora a integrar el grupo de trabajo que en el Ministerio de Justicia realizará el anteproyecto legislativo español, habiendo colaborado decisivamente en la transposición del resto de decisiones marco y directivas que dieron lugar a la promulgación en España de la Ley 23/2014.
 
SUMARIO

CAPÍTULO I

MECANISMOS CONVENCIONALES DE COOPERACIÓN INTERNACIONAL PARA LA INVESTIGACIÓN Y OBTENCIÓN DE PRUEBA PENAL

1. Convenios bilaterales y multilaterales fuera del ámbito europeo

2. Convenios del Consejo de Europa

2.1. Instrumentos específicos de asistencia judicial: el Convenio Europeo de Asistencia Judicial en materia penal de 20 de abril de 1959

2.1.2. Regulación específica de algunas diligencias de investigación

2.1.3. Forma, idioma, contenido y transmisión de la solicitud

2.1.4. Legislación aplicable a la práctica de la asistencia

2.1.5. Participación del requirente en la práctica de la asistencia

2.1.6. Gastos

2.1.7. Uso de la prueba obtenida 

2.1.8. Causas de denegación de la asistencia

2.1.9. Protocolos

2.2. Otros convenios del Consejo de Europa

2.2.1. Convenio europeo sobre la transmisión de procedimientos en materia penal, hecho en Estrasburgo el 15 de mayo de 1972, número 73 del Consejo de Europa

2.2.2. Convenio relativo al blanqueo, seguimiento, embargo y de-comiso de los productos del delito, hecho en Estrasburgo el 8 de noviembre de 1990, número 141 del Consejo de Eu-ropa y convenio relativo al blanqueo, seguimiento, embargo y comiso de los productos del delito y a la financiación del terrorismo, hecho en Varsovia el 16 de mayo de 2005, número 198 del Consejo de Europa

2.2.3. Convenio para la represión del terrorismo, hecho en Estrasburgo el 27 de enero de 1977 y convenio para la preven-ción del terrorismo, hecho en Varsovia el 16 de mayo 2005, convenios respectivamente números 90 y 196

2.2.4. Convenio sobre ciberdelincuencia, registrado como número 185 del Consejo de Europa, hecho en Budapest el 23 de noviembre de 2001

3. Convenios de la Unión Europea

3.1. El convenio de Aplicación del Acuerdo Schengen de 19 de junio de 1990

643.1.1. Ámbito de aplicación

663.1.2. Cooperación policial

3.1.3. El sistema de información Schengen (o sistema SIS)

3.2. El convenio de asistencia judicial en materia penal entre los Estados miem- bros de la Unión Europea de 29 de mayo de 2000

3.2.1. Ámbito, contenido y transmisión de las solicitudes

3.2.2. Legislación aplicable a la prestación de asistencia

3.2.3. Regulación específica de algunas formas de asistencia

3.2.3.1. Declaraciones por videoconferencia y por conferencia telefónica

3.2.3.2. Entregas vigiladas

3.2.3.3. Investigaciones encubiertas

3.2.3.4. Intervención de telecomunicaciones

3.2.4. Protocolo hecho en Luxemburgo el 16 de octubre de 2001

4. Problemática derivada de la ausencia de una ley española que regule la cooperación judicial internacional convencional en materia penal

4.1. Cooperación activa

4.2. Cooperación pasiva

 

CAPÍTULO II

LA OBTENCIÓN DE PRUEBA EN LOS EQUIPOS CONJUNTOS DE INVESTIGACIÓN

1. Concepto

2. Marco normativo

3. Red europea de equipos conjuntos de investigación  

4. Requisitos para la constitución del equipo

5. Constitución del equipo  

5.1. Solicitud de constitución

5.2. Autorización para la constitución

6. El acuerdo de constitución

7. Composición del equipo conjunto de investigación

7.1. Jefes del ECI

7.2. Miembros del ECI

7.3. Participantes en el ECI

7.3.1. Eurojust

7.3.2. Europol

7.3.3. OLAF

8. Régimen jurídico de la obtención de prueba en el equipo

9. Modelos de acuerdo de constitución y plan de acción operativo

10. Cese del equipo y su evaluación

 

CAPÍTULO III

ENTRAMADO ORGÁNICO PARA LA COOPERACIÓN PENAL EUROPEA 

1. Magistrados de enlace

2. Redes judiciales de cooperación internacional penal. Especial referencia a la red judicial europea

3. Eurojust

3.1. Su creación y marco normativo

3.2. Objetivos y competencias

3.3. Composición y funciones

3.3.1. Miembros nacionales, suplentes y asistentes

3.3.2. El colegio de eurojust

3.3.3. Célula de coordinación de emergencias (CCE)

3.3.4. Corresponsales nacionales, coordinador nacional y siste-ma de coordinación nacional de eurojust

3.4. Funcionamiento de eurojust

 

CAPÍTULO IV 

LA INVESTIGACIÓN Y OBTENCIÓN DE PRUEBA EN LA UNIÓN EUROPEA AL AMPARO DEL PRINCIPIO DE DISPONIBILIDAD

1. El principio de disponibilidad

2. Perfiles de ADN y otros datos disponibles

2.1 Marco jurídico

2.2. Modalidades de cooperación y legislación aplicable

2.2.1. Obtención y análisis de datos

2.2.2. Transmisión de información previamente obtenida

2.3. Disposiciones generales sobre protección de datos

3. Intercambio de información e inteligencia entre los servicios de seguridad de los Estados Miembros de la Unión Europea

4. Antecedentes penales

 

CAPÍTULO V 

EL RECONOCIMIENTO MUTUO DE RESOLUCIONES  JUDICIALES PENALES EN LA UNIÓN EUROPEA 

1. Aproximación conceptual al principio de reconocimiento mutuo

2. Fundamentos del principio de reconocimiento mutuo

3. Los orígenes del principio de reconocimiento mutuo y su recepción en los tratados

4. Plasmación normativa del principio de reconocimiento mutuo de resoluciones judiciales penales

4.1. Forma jurídica de los instrumentos

4.1.1 Las decisiones marco

4.1.2. Los actos jurídicos del tercer pilar tras la entrada en vigor del tratado de Lisboa

4.1.3. Las novedades del tratado de Lisboa en el espacio de libertad, seguridad y justicia

4.2. Enumeración y clasificación de los instrumentos de reconocimiento mutuo

5. Los instrumentos de reconocimiento mutuo como sistema de normas

6. Perspectivas de futuro del principio de reconocimiento mutuo: la armonización de garantías procesales en la UE

7. La implementación en España de los instrumentos de reconocimiento mutuo

8. Aproximaciones a la obtención de prueba en los primeros instrumentos de reconocimiento mutuo

8.1 La orden europea de detención y entrega

8.2. El embargo preventivo y aseguramiento de prueba

9. El exhorto europeo de obtención de prueba

9.1 El complicado iter legislativo del exhorto europeo de prueba

9.2. Ámbito del exhorto y sus exclusiones

9.2.1. Exclusiones basadas en la inexistencia del objeto, documento o dato. Excepciones

9.2.2. Exclusiones basadas en la indisponibilidad del objeto, documento o dato

9.2.3. Antecedentes penales

9.3. La precipitada derogación del exhorto europeo de obtención de prueba 

 

CAPÍTULO VI

LA ORDEN EUROPEA DE INVESTIGACIÓN

1. Denominación e iter legislativo de la orden europea de investigación

1.1. Denominación

1.2. La promulgación de la directiva reguladora de la orden europea de investigación

1.3. Vigencia, relación de la orden europea de investigación con otros mecanismos de cooperación judicial para la obtención de prueba y su revisión

2. Definición, ámbito y contenido de la orden europea de investigación

2.1 Definición y ámbito de la orden europea de investigación

2.2. Regulación específica de algunas medidas comprendidas dentro del ámbito de la orden europea de investigación

2.2.1. Traslado temporal de detenidos con el fin de llevar a cabo una medida de investigación

2.2.2. Comparecencia por medios técnicos

2.2.3. Información bancaria y financiera

2.2.4. Medidas de aseguramiento de pruebas

2.2.5. Investigación en tiempo real e investigaciones encubiertas

2.2.6. Intervención de telecomunicaciones

2.3. Contenido de la orden europea de investigación

2.3.1. Régimen de las medidas incluidas en la orden

2.3.2. Formalidades y procedimientos en la práctica de la diligencia de investigación

2.3.3. Participación de la autoridad de emisión en la ejecución de la orden

2.3.4. Costes

2.3.5. Protección de datos personales

 

CAPÍTULO VII

EMISIÓN DE LA ORDEN EUROPEA DE INVESTIGACIÓN

1. Procedimientos en los que cabe emitir la orden europea de investigación

2. Autoridades de emisión

3. Condiciones de emisión

4. Revisión de las condiciones de emisión

5. Procedimiento de emisión

6. Documentación

7. Transmisión

8. Principio de especialidad en la utilización de las pruebas obtenidas

9. Régimen de recursos contra la emisión de la orden europea de investigación

9.1. Disponibilidad de los recursos

9.2. Materias recurribles

9.3. Obligación de información

9.4. Consecuencias del recurso

 

CAPÍTULO VIII

EJECUCIÓN DE LA ORDEN EUROPEA DE INVESTIGACIÓN

1. Autoridades de ejecución

2. Reconocimiento y ejecución

2.1. Recepción del certificado, incoación del procedimiento y acuse de recibo

2.2. Régimen jurídico de la ejecución

2.3. Procedimiento específico para determinadas medidas de investigación

2.4. Plazos

2.5. Traslado de la prueba

3. Causas de denegación del reconocimiento y de la ejecución de la orden europea de investigación

3.1. Doble tipificación de la conducta

3.1.1. La regulación de la doble tipificación de la conducta en los instrumentos de reconocimiento mutuo

3.1.2. La doble tipificación de la conducta en la OEI

3.1.3. La doble tipificación de la conducta y la responsabilidad penal de las personas jurídicas

3.2. Imposibilidad de ejecución en un caso nacional similar

3.3. Ne bis in idem

3.3.1. Concepto y base normativa

3.3.2. Interpretación jurisprudencial europea sobre el “ne bis in idem”

3.3.3. Aplicación del “ne bis in idem” a los instrumentos de reconocimiento mutuo para obtención de prueba

3.4. Inmunidad

3.5. Territorialidad

3.6. Seguridad nacional, protección de la fuente de información y utilización de información clasificada

3.7. Infracción de derechos fundamentales

3.8. Ausencia de consentimiento del afectado por la medida

3.9. Prolongación de la detención

3.10. Ausencia de consenso entre las autoridades de emisión y de ejecución

4. Régimen de recursos en la ejecución de la orden europea de investigación

4.1 Derecho a recurso y legitimación

4.2. Características del recurso

4.3. Consecuencias del recurso

 

CAPÍTULO IX

LA ADMISIBILIDAD EN EL PROCESO PENAL ESPAÑOL DE LA PRUEBA TRANSNACIONAL

1. Cuestiones previas

2. La admisibilidad de la prueba transfronteriza en la jurisprudencia del Tribual Supremo

3. Planteamiento del problema

4. Cuestiones generales

4.1. Transmisión de procedimientos

4.2. Autorización en el proceso español de la obtención de la prueba en el extranjero

4.3. Participación de las autoridades españolas y de las partes procesales en la obtención de prueba en otro Estado

4.4. Ilicitud derivada de la intermediación de los actores facilitadores de la cooperación penal internacional

4.5. Formalidades y procedimientos de la legislación española

5. Diligencias de investigación concretas

5.1. Diligencias de investigación con intervención del sujeto pasivo del proceso penal

5.2. Declaraciones de testigos

5.3. Diligencias de investigación con la víctima

5.4. Videoconferencia

5.4.1. Declaraciones de acusados

5.4.2. Reconocimiento en rueda

5.4.3. Comparecencia telefónica

5.5. Datos de ADN

5.5.1. Problemática en relación con la obtención de muestras de ADN

5.5.1.1. Recogida de vestigios

5.5.1.2. Toma de muestras del investigado

5.5.2. Problemática relativa a la cooperación internacional que se cursa tras el resultado positivo en la consulta automatizada

5.5.2.1. Limitaciones basadas en cómo se obtuvo el dato de ADN

5.5.2.2. Limitaciones relativas a la conservación/cancelación de esta información en las bases de datos

5.6. Diligencias periciales

5.7. Agentes encubiertos

5.7.1. Agente español que actúa como encubierto en el extranjero

5.7.2. Agente policial extranjero que actúa como encubierto en España

5.8. Incautación de objetos

5.9. Entregas vigiladas

5.10. Entradas y registros

5.11. Intervenciones telefónicas

5.12. Equipos conjuntos de investigación

5.13. Antecedentes penales

5.14. Captación y grabación de comunicaciones orales mediante la utilización de dispositivos electrónicos y vigilancia con dispositivos técnicos de seguimiento, localización y captación de la imagen

5.15. Información recibida de servicios de seguridad de otros estados

6. Admisibilidad de la prueba obtenida a través de la orden europea de investigación


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