La defensa penal de la persona jurídica

La defensa penal de la persona jurídica

Autor: Ana María Neira Pena
Fecha: 03/10/2018
Páginas: 450 + formato electrónico (eBook)
Precio: 57.90€
55.00€ (I.V.A. Incluído)
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SINOPSIS

En esta obra se analizan determinados aspectos de los procesos penales frente a las personas jurídicas, concretamente la actuación de la entidad a través de su representante defensivo en el proceso, las posibilidades de enjuiciamiento en ausencia y en rebeldía, la conformidad y los compliance programs como objeto de prueba

CARACTERÍSTICAS

Esta obra aborda con rigor y profundidad determinados aspectos procesales relativos al enjuiciamiento penal de las personas jurídicas de indudable relevancia, tanto teórica como práctica. Se posiciona en relación con temas controvertidos, tanto en la doctrina como en la jurisprudencia, tales como la prueba de los compliance programs en el proceso y, además, trata otras cuestiones como la representación de la persona jurídica en el proceso, la rebeldía de la persona jurídica investigada y la conformidad, a las que, hasta el momento, no se ha prestado el suficiente interés doctrinal.

NOVEDADES

Esta obra es una primea edición que se encuentra adaptada a las últimas modificaciones legales:

- Ley Orgánica 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal

- Ley 41/2015, de 5 de octubre, de modificación de la Ley de Enjuiciamiento Criminal para la agilización de la justicia penal y el fortalecimiento de las garantías procesales y Ley Orgánica 13/2015, de 5 de octubre, de modificación de la Ley de Enjuiciamiento Criminal para el fortalecimiento de las garantías procesales y la regulación de las medidas de investigación tecnológica

Recoge la última jurisprudencia del TS en la materia, entre otras, las siguientes resoluciones

- STS (Sala 2ª, Sección 1ª) núm. 154/2016, de 29 de febrero, RJ 2016600

- STS (Sala 2ª, Sección 1ª) núm. 221/2016, de 16 de marzo, RJ 2016/966

- STS (Sala 2ª, Sección 1ª) núm. 583/2017, de 19 de julio, RJ 20174864

Recoge la última Circular de la Fiscalía General del Estado en la materia. FGE. Circular 1/2016, sobre la responsabilidad penal de las personas jurídicas conforme a la reforma del código penal efectuada por Ley Orgánica 1/2015.

 

ÍNDICES

Capítulo 1. Cómo interviene la persona jurídica acusada en el juicio oral del proceso penal

I. Planteamiento

II. Evolución legislativa de la intervención de la persona jurídica en el proceso penal. Del juicio en ausencia hacia la humanización

III. El representante especialmente designado o el representante defensivo de la persona jurídica

1. ¿Quién representa a la persona jurídica en el proceso?

1.1. El representante legal como representante defensivo y el potencial conflicto de intereses

1.2. Propuestas doctrinales para representar a la persona jurídica en el proceso en caso de conflicto de intereses

1.3. La regulación de la LECrim sobre la representación de la persona jurídica en el proceso penal. Lagunas, indeterminación y fungibilidad del representante

1.4. Sujetos que pueden ostentar la condición de representante defensivo de la persona jurídica

A. La falta de idoneidad de los postulantes para actuar como representantes defensivos

B. La incompatibilidad para ser representante de quien es llamado como testigo

C. La posible actuación como representante defensivo del coinvestigado o coencausado

D. La idoneidad del «compliance officer»

2. La naturaleza de la relación representativa y el estatuto jurídico del representante defensivo

Capítulo 2. El enjuiciamiento en ausencia de la persona jurídica

I. Planteamiento

II. El fundamento de la obligación de la presencia del acusado en el proceso penal

III. La naturaleza de carga de la presencia del representante defensivo especialmente designado por la persona jurídica

IV. La relevancia de la voluntariedad en la ausencia de la persona jurídica

V. Los requisitos del proceso en ausencia de la persona jurídica

1. Las exigencias formales del enjuiciamiento en ausencia

1.1. La ausencia de límite penológico

1.2. La necesidad de citación efectiva

1.3. La presencia del abogado de la defensa

1.4. Petición de la parte acusadora para que se celebre el juicio en ausencia

2. Las exigencias materiales del enjuiciamiento en ausencia

2.1. La existencia de elementos suficientes para el enjuiciamiento

2.2. La inexistencia de una causa legítima que justifique la ausencia

2.3. La posibilidad de recurrir la resolución dictada en ausencia

3. Las funciones del representante defensivo. El aprovechamiento de las posibilidades de autodefensa y otros actos personalísimos

Capítulo 3. El enjuiciamiento de la persona jurídica rebelde

I. Planteamiento

II. El presupuesto de la rebeldía o del dictado de la requisitoria frente a la persona jurídica: la falta de domicilio social conocido

III. El contenido de la requisitoria dictada frente a la persona jurídica

IV. La publicidad de la requisitoria dictada frente a la persona jurídica

V. Los efectos de la declaración de rebeldía frente a la persona jurídica: continuación de los trámites procesales hasta su conclusión

VI. Los requisitos del proceso penal contra la entidad rebelde

1. La necesidad de agotar las posibilidades de notificación efectiva

2. La ausencia voluntaria e informada

3. La irrenunciabilidad de la defensa técnica

VII. La comparecencia posterior del ente juzgado en rebeldía y las posibilidades de impugnación

1. El recurso de anulación

2. El incidente de nulidad de actuaciones

Capítulo 4. La conformidad de la persona jurídica

I. Planteamiento

II. El objeto de la conformidad regulada en la LECrim

III. La conformidad como acto personalísimo y su prestación por la persona jurídica

IV. La necesidad de poder especial y el control judicial sobre la conformidad de la persona jurídica

V. Los límites a la conformidad de la persona jurídica

VI. La autonomía de la conformidad de la persona jurídica frente al resto de coacusados

VII. La eficacia «ad extra» de la sentencia de conformidad en el juicio frente a los acusados disconformes

VIII. Las posibilidades de suspensión o sustitución de las penas conformadas y de impugnación de la sentencia de conformidad

IX. El momento procesal para anunciar la conformidad y su ratificación por el representante

X. La justicia negociada y el principio de oportunidad en la persecución penal de las personas jurídicas. Los «Deferred Prosecution Agreements» («DPAs») y los «Non-Prosecution Agreements» en el sistema estadounidense («NPAs»)

Capítulo 5. La prueba en el proceso penal frente a las personas jurídicas

I. Planteamiento

II. El objeto de la prueba en el proceso penal frente a las personas jurídicas

1. Los hechos constitutivos de la responsabilidad penal de las personas jurídicas

1.1. El hecho de referencia o delito presupuesto

1.2. Los criterios de imputación de responsabilidad a la persona jurídica

A. La actuación en beneficio de la persona jurídica

B. El doble sistema de imputación según el puesto que ocupe en la organización el presunto autor material del hecho de referencia

a. El sistema de imputación de la persona jurídica cuando delinque un sujeto en posición «apical»

b. Los criterios de imputación cuando delinque un sujeto subordinado o sometido a la autoridad del ápice. Especial referencia al incumplimiento grave de los deberes de supervisión, vigilancia y control

2. Los hechos impeditivos, extintivos, excluyentes y otros determinantes de la penalidad de la persona jurídica

2.1. Las circunstancias que eximen a la persona jurídica de responsabilidad

2.2. Las atenuantes y los criterios para la individualización de las penas de las personas jurídicas

A. Las circunstancias atenuantes

a. Haber procedido, antes de conocer que el procedimiento judicial se dirige contra ella, a confesar la infracción a las autoridades (31 quáter a) CP)

b. Haber colaborado en la investigación del hecho aportando pruebas, en cualquier momento del proceso, que fueran nuevas y decisivas para esclarecer las responsabilidades penales dimanantes de los hechos (31 quáter b) CP)

c. Haber procedido en cualquier momento del procedimiento y con anterioridad al juicio oral a reparar o disminuir el daño causado por el delito (31 quáter c) CP)

d. Haber establecido medidas eficaces para prevenir y descubrir los delitos que en el futuro pudieran cometerse con los medios o bajo la cobertura de la persona jurídica (31 quáter d) CP)

B. Los criterios para decidir sobre la imposición de las penas interdictivas

2.3. La posible actividad probatoria sobre la capacidad para ser parte de la persona jurídica

III. Los medios de prueba en el proceso penal frente a las personas jurídicas

1. La prueba documental

2. La prueba pericial

3. La figura del testigo-perito

4. La prueba testifical

5. La declaración de la persona física presunta autora del hecho de referencia

6. La declaración de parte del acusado persona jurídica a través de su representante especialmente designado

IV. Carga, valoración y suficiencia de la prueba para desvirtuar la presunción de inocencia

V. Los «compliance programs» como objeto de prueba en el proceso penal

1. Qué son los «criminal compliance programs» o los programas de prevención delictiva

2. El contenido legal de los programas de prevención delictiva

3. Los requisitos de un programa de cumplimiento penal eficaz

4. Los efectos derivados de la implementación de un modelo de prevención de delitos eficaz

5. Cómo acreditar procesalmente la existencia y efectiva implementación en la organización de un programa de cumplimiento penal eficaz

5.1. La relevancia de los criminal compliance como objeto de prueba

5.2. Los medios probatorios idóneos para introducir los compliance en el proceso penal

5.3. La verificación técnica de la eficacia del programa. Los sistemas de certificación o auditoría de compliance

5.4. La carga de la prueba y las reglas de valoración judicial sobre la eficacia de los programas de prevención de delitos

A. La naturaleza dogmática de los programas de cumplimiento como fuente de incertidumbre sobre las reglas de la carga de la prueba

B. La distribución de las cargas probatorias en el proceso penal de las personas jurídicas

a. Si el delito fue cometido por sujetos «apicales» o con poderes de representación, dirección o control (art. 31 bis 1 a) CP)

b. Si el delito fue cometido por los subalternos (art. 31 bis 1 b) CP)

Conclusiones

Bibliografía

Anexo. Legislación, jurisprudencia e informes